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736 inmigrantes podrán votar en las próximas elecciones municipales en Punta Umbría
Fecha: 26 de octubre de 2010
Las próximas elecciones municipales, que se celebrarán el 22 de mayo de 2011, podrán contar en Punta Umbría con el voto de 736 inmigrantes que están empadronados en la localidad costera y proceden de países que mantienen acuerdos de derecho de voto con España. Si así lo desean y cumplen previamente una serie de trámites antes del 15 de enero, tendrán la posibilidad de depositar su voluntad en las urnas puntaumbrieñas.
En concreto, se trata de ciudadanos de algún estado miembro de la Unión Europea, Noruega, Chile, Colombia, Ecuador, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú. En Punta Umbría suman un total de 736, de entre los 1390 extranjeros empadronados en el municipio.
Casi la totalidad, 613, son ciudadanos de los otros países que, junto a España, integran la Unión Europea. Los más numerosos en este apartado son los rumanos, 178, seguidos por los polacos, 130, y los portugueses, 122. Lejos de esas cifras, el cuarto puesto lo ocupan los alemanes, con 41 representantes.
En cuanto al resto de extranjeros con derecho de voto, los más numerosos son los colombianos, 56, seguidos por los nativos de Ecuador, 29.
Trámites
Para poder votar en las próximas elecciones municipales, todos estos foráneos tendrán que cumplir una serie de trámites, partiendo de la base de que deberán estar inscritos en el censo electoral. En el caso de los pertenecientes a países de la UE, tendrán presentar una declaración formal de manifestación de voluntad de ejercer el derecho de sufragio en el Ayuntamiento.
Con el objeto de facilitar esta inscripción a quien lo desee, la Oficina del Censo Electoral remitirá en estos días un escrito personalizado a cada ciudadano de estos países que no haya presentado la manifestación de voluntad desde el año 2007, comunicándole sus datos de empadronamiento. No obstante, la manifestación también podrá ser realizada por Internet aunque no se haya recibido la comunicación, si se dispone de un certificado electrónico asociado al NIE de los publicados en la sede electrónica del INE.
Por su parte, los extranjeros no pertenecientes a la UE, deberán ser mayores de edad, solicitar la inscripción en el censo y llevar viviendo en España cinco años de forma legal y continuada. En el caso de Noruega, tres años.
Las solicitudes de inscripción en el censo electoral pueden hacerse hasta el 15 de enero de 2011.